Fiscal – General Archiva Queja contra el Rector de la UCR, Carlos Araya Leandro
San José, 10 de mayo (Elmundo.cr) – el Universidad de Costa Rica (UCR) anunció el pasado Jueves que el Abogado de ética pública (PEP) ha rechazado una queja presentada contra el rector de la institución, Carlos Araya Leandro, considerándola como «aparentemente inadmisible o infundada». Este rechazo por parte del PEP se produce después de un análisis riguroso del caso, lo que ha traído alivio a la administración de Araya.
La queja inicial fue presentada por un estudiante el 10 de febrero y alegaba presuntas irregularidades en los proyectos de alquiler e infraestructura que se llevaron a cabo durante la gestión de Araya como vicecanciller para la administración entre 2012 y 2020, así como durante su breve periodo como rector interino en 2020. Estas acusaciones generaron una gran expectativa tanto dentro como fuera de la universidad, y el caso fue objeto de un minucioso escrutinio.
A pesar de las alegaciones, tras una revisión detallada del archivo DEP-35-2025, el PEP llegó a la conclusión de que no era necesario proceder con una investigación preliminar. En su informe, se confirmó que la oficina del presidente universitario de la UCR ya ha llevado a cabo varias investigaciones sobre los hechos en cuestión, y en todas ellas no se encontraron indicios que pudieran implicar al actual rector en posibles responsabilidades relacionadas con estas irregularidades.
«La resolución confirma lo que hemos argumentado constantemente: en ninguna de las investigaciones realizadas por las conferencias de inspección se hallaron responsabilidades que pudieran ser atribuidas a mí», declaró Araya, al enterarse de la decisión que exoneraba su nombre en esta controversia. Esta afirmación refuerza la idea de que los procesos internos de revisión en la universidad han sido exhaustivos y justos.
Es importante destacar que la queja fue presentada en el marco del artículo 17, subsección b) de la regulación de la ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilegal en la función pública, el cual fue citado por la Oficina del Fiscal General. Este artículo establece que las quejas deben ser fundamentadas y no simplemente infundadas o inadmisibles, creando un marco legal que protege a los funcionarios públicos de acusaciones sin méritos.
«La resolución no solo refleja el estado de derecho, sino que también subraya la importancia del respeto por el proceso adecuado y la presunción de inocencia», agregó el rector Araya en sus declaraciones, evidenciando su compromiso con la transparencia y la integridad en la administración de la universidad.
Xavier condega
El mundo CR