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La sala constitucional declara una restricción inconstitucional en el acceso a la lista de delincuentes fiscales – El nacional cr

San José, 12 de junio (Elmundo.cr) – el Cámara constitucional de la Corte Suprema de Justicia inconstitucionalmente declara una disposición de Código para estándares y procedimientos fiscales que limitó el acceso público a los nombres y montos adeudados por los contribuyentes penales.

La resolución, comunicada el lunes pasado, 9 de junio, en términos de votación número 2025-17051, fue aprobada por la mayoría de los cuatro magistrados contra tres, con un criterio dividido en el tribunal constitucional más alto del país.

La vana regla ha determinado que “en el caso de los sujetos penales, el Ministerio de Finanzas puede entregar los nombres y los montos, siempre que la deuda esté en la sede administrativa y que no ha llegado a la controvertida jurisdicción administrativa”.

Aunque el texto completo de la voz aún no se ha publicado, se sabe que la sala ha concluido que la disposición impuso una restricción al aire libre sobre el derecho a acceder a la información pública, lo que condicionó la publicación de los datos sobre situaciones de procedimiento específicas.

La acción inconstitucional fue promovida por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) Y tenía el apoyo de la oficina del abogado, que recomendó declarar la acción.

Según la oficina del Fiscal General, la información sobre la deuda determinada por la Administración Fiscal no está cubierta por el secreto fiscal, ya que no proviene de los datos proporcionados por los contribuyentes, sino de los actos administrativos de interés público.

Raymundo Volio, defensor de impuestos de la tarjeta fiscal, dijo que “con esta resolución, El Ministerio de Finanzas no podrá rechazar el acceso a los nombres y montos de deuda fiscal afirma estar pendiente de resolución administrativa o judicial para que todos puedan solicitar y acceder a la información. ‘

Volio advirtió que esta decisión “implica un claro deterioro del secreto fiscal, que aunque existe, lo hace hoy en una disminución”. Además, interpreta que “después de cancelar la mentalidad en disputa debe entenderlo Ahora, incluso la información de aquellos que se encuentran en procesos públicos en la sede administrativa o controvertida se puede revelar públicamente. ‘

‘Esta falla de la marca Un cambio importante en la protección de la información fiscal y el saldo entre el derecho a la privacidad del contribuyente y el interés público en la transparencia en asuntos fiscales. Todavía debe esperar la publicación completa de la votación para conocer las bases legales en detalle y evaluar sus implicaciones prácticas para la Administración Tributaria y los contribuyentes ”, concluyó Volio.

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