
La Constitución reconoce que el derecho de huelga no puede ser ilimitado, por lo que los servicios al público en general no se verán afectados. La tesis también ha sido confirmada en los comentarios del Consejo Constitucional, lo que lleva a cuestionar la posibilidad de fijar normas sobre interrupciones del trabajo en el sector público que están en vigor desde 2020.
Así se resume el dictamen de la Fiscalía del Estado sobre el proyecto 24.961. La iniciativa lleva por título “Ley de restablecimiento del derecho de huelga y protesta, en defensa de la libertad, la democracia y los derechos laborales”. Lo planteó el Frente Amplio y la libertaria Sonia Rojas.
En definitiva, el grupo presenta su idea como un plan para revertir la ley de huelga de 2020. Según su lectura, se trataba de “la ley de la venganza política.
Frente a esto, el Fiscal General defiende que, si bien una decisión de esta magnitud sigue siendo competencia del legislativo, se debe evaluar la tecnología adecuada o incluso enterrar la iniciativa.
“Respetuosamente sugerimos que se evalúen las observaciones formuladas al respecto, con el fin de corregir, mejorar o incluso descartar la iniciativa legislativa propuesta”. anotar Fiscalía del Estado.
Sí, las huelgas se pueden gestionar.
El análisis del Procurador General informa que tanto a nivel local como internacional se ha reconocido la autoridad para limitar las huelgas.
Por ejemplo, se señala que según la Comisión Al-Americana de Derechos Humanos, se pueden establecer límites para los funcionarios públicos que actúan como organismos públicos ejerciendo autoridad en nombre del Estado. También para el personal de servicios esenciales.
El control en ese punto dependería de establecer claramente las condiciones para un posible paro laboral.
“Como afirmamos, es jurídicamente viable que la realización de huelgas pueda limitarse o incluso prohibirse respecto de determinados servicios esenciales razonablemente determinados por el Legislativo”, afirman.
Freno para los sindicatos tras la crisis de 2018
La ley de huelga surgió en respuesta a las protestas encabezadas por los sindicatos en 2018, cuando se estaba revisando el presupuesto.
Allí varios servicios públicos fueron interrumpidos entre septiembre y diciembre. Los sindicatos interpusieron sus acciones contra la ley que finalmente fue aprobada.
Se creó entonces un proyecto de ley de huelga liderado por el exvicepresidente Carlos Ricardo Benavides.
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Allí se crearon tres categorías de servicios para el seguimiento:
- Artículos de primera necesidad: no hay posibilidad de huelga
- Trascendente: posibilidad de hacer huelga, pero debe garantizar la continuidad en la prestación de servicios.
- Estrategia: en materia de educación general, donde podrán ocurrir huelgas de hasta 20 días consecutivos o 10 días consecutivos. Durante la huelga, los centros educativos tendrán que lidiar con cuestiones de seguridad y saneamiento.
Con las reformas, la legislación laboral recibió una serie de cambios para regular la suspensión de trabajadores.
Entre otras correcciones, se puede detener el pago de salarios a quienes no están trabajando y las barreras no serán una herramienta válida de protesta.
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Además, la huelga fue vetada por motivos políticos y se harán esfuerzos para acelerar el proceso legal.