

En un importante encuentro legislativo, los delegados han votado a favor de un proyecto de ley que permitirá la jubilación anticipada de los agentes de la Agencia de Investigación Judicial (OIJ) al alcanzar la edad de 55 años. Esta decisión se materializó en el segundo debate que se llevó a cabo el pasado martes, donde se registraron 40 votos a favor y 7 en contra, lo que refleja un apoyo significativo por parte de los legisladores.
El proyecto de ley es conocido como el archivo 22817, titulado «Adición de artículos 226 BIS y 226 a la Ley No. 7333, Ley Orgánica del Judicial, del 5 de mayo de 1993, y su reforma». La iniciativa fue propuesta en el último período constitucional por el ex-legislador independiente, Dragos Dolanescu, quien ha sido un defensor de los derechos laborales para los miembros de la OIJ.
Es relevante mencionar que la Corte Suprema de Justicia del Judicial se mostró en contraposición a esta propuesta, señalando que se requería la aprobación de al menos 38 votos para concretar la decisión en este segundo debate. Este tipo de oposición ha generado un intenso debate entre los legisladores y las entidades involucradas.
Durante las discusiones que precedieron a la votación, se evidenció un desacuerdo notable. Los agentes de la OIJ se dieron la vuelta a la cabeza del partido en el poder, Pilar Cisneros, cuando expuso las razones de su oposición a la ley, subrayando la tensión que existe sobre el tema en la asamblea.
¿Cuál es la planificación del proyecto?
El objetivo central de esta propuesta legislativa es mejorar las condiciones laborales de la policía judicial en el contexto de la lucha contra el tráfico de drogas. Esta iniciativa busca modificar la legislación orgánica actual del Poder Judicial, permitiendo que los funcionarios de la OIJ que cumplen con ciertos requisitos, como la necesidad de un permiso para portar armas, puedan acceder a una jubilación correspondiente al promedio de sus últimos cinco salarios mensuales. Esto representa una reducción significativa de diez años respecto a la normativa legal vigente en Costa Rica, donde la jubilación está establecida a los 65 años.
Las condiciones estipulan que, al alcanzar la edad de 55 años, los empleados y empleadas que hayan servido un mínimo de 30 años en su puesto, pueden optar por este beneficio de jubilación anticipada.
Asimismo, la norma establece un procedimiento de cálculo de pensión que permite considerar los años de servicio en caso de que se alcance la edad estipulada pero no el tiempo requerido. De este modo, se definen las siguientes pautas:
- La jubilación será calculada en función de la edad del empleado o empleada al cumplir los 55 años, siempre que haya trabajado un mínimo de 10 años en el Poder Judicial.
- El cálculo tomará en cuenta también los años de servicio prestados, garantizando un sistema justo para aquellos que han dedicado su vida laboral a la OIJ.
Por otro lado, la propuesta legislativa fue rechazada solamente por algunos delegados de la Ley 7 del banco oficial, lo que indica que la mayoría se inclina por apoyar la medida.
A pesar de la aprobación obtenida en este debate, el presidente Rodrigo Chaves ha manifestado su intención de imponer un veto a la ley. Para que la medida pueda ser restaurada, se requerirán nuevamente 38 votos, lo que añade un nuevo nivel de complejidad a la situación legislativa.
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