Homenaje y factura 4.4 entrarán en vigencia en el mismo día
San José, 31 de julio (Elmundo.cr) – el Tesorería La expansión en la implementación obligatoria anunciada oficialmente para ambos Tribu-cr En cuanto a la transición de la codificación de actividades económicas de la versión CIIU 3 a CIIU 4: Ambos gobernarán a partir del 6 de octubre.
Este cambio también afecta la entrada en vigencia del sistema de facturación electrónica 4.4, que reemplazará gradualmente la versión actual (4.3.), Y también implica una extensión del uso de la clasificación actual de CIIU 3 en los sistemas de facturación electrónica hasta esa fecha, según la versión del sistema utilizado.
CIIU 3:
- Esta clasificación sigue en vigor y válida para la evidencia electrónica emitida hasta el 31 de agosto de 2025 con la versión 4.3, y con la versión 4.4 al 5 de octubre de 2025.
- Las notas de crédito o débito generadas con la versión 4.3 o 4.4 utilizando códigos CIIU 3 seguirán recibidos y ratificados por la plataforma hasta el 5 de octubre.
CIIU 4:
- A partir del 6 de octubre de 2025, la clasificación CIIU 4 entró en vigencia en la evidencia electrónica emitida con la versión 4.4.
- Esta implementación coincide con la salida del nuevo sistema Tribu-CR, y será un requisito de que los certificados de regalo sean aceptados y validados.
Recuerde que la factura electrónica 4.4 será la versión más reciente de la evidencia electrónica utilizada en el país, que introduce cambios estructurales y funcionales en el esquema XML de evidencia electrónica. Esto es para mejorar la precisión, la seguridad y el control fiscal de la factura electrónica, adaptarse a las nuevas demandas tecnológicas y regulatorias.
“Este no es un cambio menor, ya que la decisión de mantener la fecha de inicio del 1 de septiembre ha obstaculizado técnicamente el inicio de la facturación 4.4, ya que los nuevos procesos corresponden al tributo. Si está fechado, está en línea con el comienzo del tributo y todo a partir del 6 de octubre”, el impuesto sobre los impuestos en los impuestos, Raymundo volio.
El experto también les recuerda a los contribuyentes que se preparen para este cambio y, por lo tanto, eviten los errores o riesgos de rechazo por parte de la Administración Fiscal.
El archivo de correspondencia entre los códigos CIIU 3 y CIIU 4 ya ha sido aprobado y disponible para consulta y ajuste de sistemas.
Xavier condega
El mundo CR