La habitación IV protege el acceso al agua potable en el paraíso en medio de conflicto institucional
San José, 30 de junio (Elmundo.cr) – LA Sala constitucional El decidió acceso al agua potable de los residentes del cantón de paraíso, por Veredicto 2025-19652Después de una apelación de AMPARO ofrecida por los vecinos.
El recurso proviene de la posible suspensión del servicio por parte del Instituto Costa Rico de Aqueductos y Alcantarillado (AYA).
Los vecinos argumentaron que La suspensión, anunciada por Aya, será ilegal y desproporcionadaComo el conflicto proviene de una colección retroactiva millonaria a la Municipio de Paraíso.
Este cargo está relacionado con las tarifas en 2017 por el Autoridad de Servicios Públicos Regulatorios (AREESEP). Los recurrentes afirman que han cumplido con el pago de sus recibos y que el conflicto es exclusivamente entre las instituciones.
La sala constitucional ha determinado que los usuarios no deben lesionarse por el conflicto administrativo entre el municipio y el AYA, especialmente porque los usuarios han cumplido con sus obligaciones de pago. El Tribunal Constitucional enfatizó que el conflicto debe resolverse a través de los canales legales correspondientes, sin afectar el suministro de agua potable a los residentes del paraíso.
La sala declaró parcialmente el recurso y ordenó que el suministro de agua potable no se vea afectada, mientras que el conflicto se resuelve legalmente. Los magistrados indicaron que la discusión sobre la validez, la aplicación y el alcance del informe AREESEP, así como la existencia de la deuda, son casos de legalidad que no coinciden con la sala constitucional.
La pronunciación completa del archivo está en el proceso de escritura y se publicará en el campo electrónico del poder judicial, Nexus, tan pronto como se realice el proceso y las partes.
Edmundo
El mundo CR