En un reciente análisis de las investigaciones en curso que involucran a los magistrados de la Corte Suprema, se ha revelado que de los 21 condados que la conforman, únicamente una de las personas en estos cargos no cuenta con causas de investigación en su contra en la oficina del fiscal. Este dato, obtenido de información proporcionada por el ministerio público a El observador. En, plantea un panorama preocupante respecto a la situación actual de los magistrados en el sistema judicial.
En total, existen 307 carpetas de investigación dentro de este contexto, la mayoría de las cuales cuentan con peticiones de terminación, aunque aún hay 75 que se encuentran activas y en desarrollo. Es importante mencionar a Patcia Vargas, quien ocupa un puesto destacado en la Sala III; ella es la única sheriff que no figura en la lista de magistrados bajo investigación. En contraste, se ha documentado que otros 20 colegas tienen entre una y diez causas pendientes en su contra.
Este fenómeno se sitúa dentro de un marco legal que es guiado por la constitución y es particularmente importante en el contexto de la Corte Suprema, dado que los comisionados de los condados 4, que tienen el mayor número de procesos abiertos, están bajo el escrutinio más estricto. Los miembros de la Cámara II también están en la mira, ya que sus investigaciones suelen centrarse en cuestiones relacionadas con las leyes familiares y laborales.
¿Por qué están investigando los comisionados del condado?
Las causas que se están investigando contra los comisionados del condado se agrupan en ocho diferentes organizaciones penales, las cuales están principalmente relacionadas con la implementación de irregularidades en su ejercicio. El ejercicio revierte la idea de que la prevención prolongada es el tema más recurrente, con 46 causas abiertas que reflejan este problema.
Conforme al artículo Pena, las sanciones por estas conductas ilegales pueden variar entre 2 y 6 años de prisión, en dependencia de la gravedad del caso y las decisiones tomadas que violan la ley. Estas sanciones se agravan de 3 a 15 años si la violación se presenta en el contexto de casos penales.
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Uno de los aspectos críticos endurecerá las violaciones de los deberes. En este contexto, 19 archivos están activos, dando cuenta de omisiones ilegales, así como de la negativa o dilación en realizar acciones que son su deber llevar a cabo. Las sanciones asociadas a estas violaciones pueden conllevar una descalificación que varía de uno a cuatro años.
El resto de la lista de investigación
Las otras líneas que están bajo el escrutinio de las investigaciones a los magistrados incluyen:
- Falsedad ideológica (Artículo 367 Código Penal) | Esta situación se presenta cuando falsamente se inserta información en documentos oficiales, lo que puede resultar en un daño considerable. Las penas van de 1 a 6 años, y esta se incrementa si un funcionario público comete el delito en el ámbito de su trabajo.
- Malversación (Artículo 361 Código Penal) | La ley prevé penas de 3 a 12 años para los funcionarios que mal gestionen recursos a su cargo. También se puede imponer una cárcel de 3 meses a 2 años a los funcionarios que se beneficien personalmente de recursos públicos o servicios.
- Cohecho (Artículo 52 Ley contra la corrupción) | Este delito se produce cuando alguien influye indebidamente en un funcionario público, lo que puede llevar a sanciones que van de 2 a 5 años de prisión, incrementándose en casos que involucren a miembros de las elecciones supremas.
- Abuso de autoridad (Artículo 338) | Sanciones de 3 meses a 2 años son impuestas a aquellos funcionarios que violan los derechos de los demás mientras ejercen su autoridad.
- Fraude en la ley en acción administrativa (Artículo 58 Ley contra la corrupción) | Este incumplimiento de deberes puede acarrear penas de 1 a 5 años de prisión para aquellos funcionarios que actúan en contra del interés público.
¿Cómo sería sentenciado el juez principal?
Los comisionados del condado, como parte de sus funciones dentro de la Autoridad Suprema, se posicionan en un nivel jerárquico que se sitúa por encima de ministros y autoridades presidenciales en el contexto republicano. Por ello, están sujetos a un régimen diferente en cuanto a los procedimientos especiales que rigen su actuación.
Esto implica que no son sujetos de los procedimientos ordinarios. La investigación sobre ellos debe ser dirigida por el Ministro de Justicia en ejercicio, y el proceso depende de si existe una causa o una acusación formal que se presente ante los magistrados. De ser así, eso requerirá un levantamiento de la inmunidad parlamentaria en el poder legislativo.
Una vez que se haya presentado el caso, el magistrado que está bajo investigación podrá ser el objeto de los más rigurosos exámenes y consultas. La corte máxima que juzga a estos comisionados es la Cámara III del condado, lo que representa el nivel más alto para este tipo de casos en el país.