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TSE decide que el magistrado Zetty Build estará al tanto del amparo contra Chaves

San José, abril (Elmundo.cr) – el Juez Zetty Build Valverde ha decidido continuar manteniendo el amparo contra el Presidente de la República, Rodrigo Chaves, según lo establecido por el Tribunal Electoral más alto (TSE). Esta resolución es parte de un proceso judicial que ha captado la atención del público y de los medios de comunicación, dado el alto perfil del mandatario involucrado.

La decisión del TSE se fundamenta en el Falta de evidencia que respalde el desafío presentado por el presidente. De acuerdo con el tribunal, la falta de pruebas contundentes ha llevado a esta situación. El TSE subraya que Chaves «no contribuye a ninguna evidencia que permita a Juez construir cualquiera de las causas de impedimento y desafío requeridos en la legislación». Aquí, la ausencia de argumentos sólidos se convierte en un punto crucial para mantener la resolución del amparo.

Además, es importante resaltar que el TSE deja claro que La decisión de procesar la gestión como amparo no es exclusiva de un magistrado, sino que involucra a los cinco miembros de la corte. Este aspecto es esencial para entender cómo funcionan los procedimientos dentro del tribunal. La importancia de un enfoque colegiado asegura que la resolución es equilibrada y refleja la opinión de múltiples miembros, no solo de uno. Posteriormente, se asigna la instrucción del archivo a un magistrado, lo cual permite que otros miembros del tribunal continúen supervisando el proceso. «Es por eso que la resolución del curso no tiene un magistrado editorial porque es una actuación plenaria», explicaron, aclarando así el proceso que se sigue.

En cuanto a las acusaciones que Chaves ha hecho de ‘manipulación de establecer los hechos’ y ‘adición de ideas’, el TSE ha respondido firmemente. Aseguran que tres de los cuatro hechos revisados en la resolución son tres Estas son transcripciones literal del comando ofrecido por Claudio Alpízar. Esto refuerza la posición del tribunal de que las pruebas presentadas son válidas y legítimas. El hecho restante se considera un resumen de los puntos 1 y 2 del documento que originó la apelación para AMPARO, ilustrando así la base de este proceso judicial.

Es relevante mencionar que anteriormente, los magistrados Max Esquivel y Héctor Fernández, junto con el juez Luz Retana, descartaron otro desafío presentado por Chaves contra el presidente del TSE. Esto refleja un patrón en el que las reclamaciones del presidente han sido rechazadas, alimentando un clima de tensión entre el ejecutivo y el poder judicial.

En este caso, El presidente afirma que una publicación de la TSE es un avance de los criterios de su presidente. Sin embargo, el TSE desmintió esta acusación categóricamente, indicando que la publicación fue realizada por la Sección de Comunicaciones de TSE de manera autónoma de la Presidencia. Según el tribunal, esta fue Una publicación pedagógica sobre el procesamiento de las elecciones Camparos en general y no se refería a un caso específico, lo cual es vital para mantener la imparcialidad y la transparencia en los procesos electorales.

Finalmente, el TSE recordó que, debido al principio de informalidad que regula el amparo, cualquier administración que plantee una amenaza o violación de los derechos electorales fundamentales debe ser procesada como protección electoral. «Y hay 25 años de protección electoral; para continuar, no es importante que la gestión tenga derecho o no como tal», concluyeron, reafirmando así su compromiso con la integridad del proceso electoral.

Redacción

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