El Tribunal Electoral más alto (TSE) rechazó Una apelación para la protección electoral que trató de obligar al Ministerio de Justicia y Paz a entregar radios y televisores a personas privadas de libertad para que pudieran ver los debates presidenciales.
La resolución aborda la limitación para el acceso a la información electoral política básica dentro del sistema penitenciario nacional, específicamente en los módulos de circuito de alta inclusión.
- El recurso fue presentado por un hombre Garcíaquien actuó como representante de la ‘asociación que ayuda a la audacia de la libertad y sus familias’.
- García argumentó que la limitación del uso de la radio, la televisión y la prensa escrita en centros criminales impidió a quienes fueron privados de la libertad de acceder a la información básica sobre la vida social y política del país.
- El recurso trató de forzar la entrega de radios y televisores para que los prisioneros pudieran seguir los debates.
En detalle
- Por resolución N ° 6526-E1-2025A partir del 6 de octubre de 2025, los magistrados del TSE decidieron rechazar la acción.
- La razón del rechazo fue el Falta de legitimación activa.
- El tribunal determinó que García Cordero “No era un abogado defensor -Público o privado de cualquier persona privada de libertad “, lo que le permitirá presentar la acción en su nombre o requerir la protección de sus derechos electorales políticos fundamentales.
- Además, los magistrados de TSE han ignorado a García como representante de la libertad.
- El TSE concluyó que los argumentos presentados no acreditan las lesiones de relevancia constitucional para los privilegios del apelante, o para demostrar cómo afecta la asociación que representa a las terceras personas.