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TSE rechaza recursos de amparo y nulidad interpuestos por Marta Esquivel contra el PLN

San José, 23 oct (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazar un recurso de amparo y nulidad electoral presentado por Marta Eugenia Esquivel Rodríguez. y Roy Thompson Chacón, según resolución no. 7218-E1-2025 emitida el 22 de octubre.

Los recursos se dirigieron contra dos decisiones del TSE (5503-E1-2025 y 4700-E3-2025) y una resolución de la Administración Electoral (DRPP-4572-2025), relacionados con la renovación de las Estructuras de Liberación Nacional y su participación en las próximas elecciones.

El rechazo del amparo se fundamenta en el artículo 103 de la Constitución Política, que así lo establece. Las leyes y disposiciones del TSE en materia electoral son definitivas. Esta disposición se ve reforzada por el artículo 30, inciso d) de la Ley de Jurisdicción Constitucional, que repite esta condición para los recursos de amparo.

Respecto a la impugnación de las decisiones de la administración electoral, el TSE también la rechazó, argumentando que la tutela electoral protege derechos fundamentales de contenido político electoral.

El artículo 225 del Código Electoral establece que las reclamaciones contra las decisiones de los órganos electorales inferiores deben tramitarse mediante recurso electoral, no mediante amparo.

Finalmente, el TSE explicó a los recurrentes que su solicitud de que el recurso fuera conocido por magistrados suplentes era inadmisiblepor no haberse cumplido las causales de desistimiento establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial o en el Código de Procedimiento Civil.

Edmundo
El mundo CR

Redacción

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