Vacaciones de «Día del Trabajo»: estas son las disposiciones legales para su disfrute
San José, abril (Elmundo.cr) – Costa Rica conmemorará este jueves 1 de mayo «Día de los trabajadores», una fecha también conocida como el «Día Internacional de los Trabajadores». Este día conmemora la lucha y los sacrificios de aquellos que en el pasado, específicamente en el Reclamos laborales de 1886, se unieron para exigir mejores condiciones de trabajo. Aquel movimiento marcó un hito en la historia laboral, sentando las bases para los derechos que disfrutamos hoy.
En nuestro país, es importante señalar que el 1 de mayo es una fiesta de pago obligatoria, tal como se establece en el artículo 148 del Código Laboral. Esta normativa garantiza que todos los trabajadores tienen el derecho inalienable a disfrutar de este día sin ninguna restricción. Solo en casos excepcionales, como lo estipulan los artículos 150 y 151, se permite que un trabajador sea convocado para laborar en esta fecha. Estas excepciones no son comunes y reflejan la importancia de este día para la clase trabajadora.
El ‘Día del Trabajo’ no solo es un momento de descanso o celebración, sino también una ocasión para reflexionar sobre la larga y ardua lucha de los trabajadores en su búsqueda por derechos laborales fundamentales. Marco, el director de BDS Advisors, enfatiza que esta fecha nos invita a recordar la necesidad de seguir participando en los esfuerzos encaminados a mejorar las condiciones laborales dentro de nuestro país. Es un llamado a la responsabilidad colectiva para no olvidar los logros alcanzados y seguir luchando por un futuro más justo.
En este contexto, es esencial conocer las disposiciones salariales pertinentes durante estas vacaciones. A continuación, se detallan las normativas que rigen el pago en esta fecha:
- Empresas con pago semanal en actividad no comercial: Estas empresas están obligadas a cancelar los días que se han trabajado durante la semana, además de un salario simple correspondiente a las vacaciones. En caso de que el trabajador labore el 1 de mayo, se debe garantizar que se le pague el doble salario.
- Empresas con pago mensual, bi-semanas o semanal en actividades comerciales: Para estas empresas, el salario correspondiente a las vacaciones ya se incluye en el salario habitual que percibe el trabajador. Sin embargo, si un empleado trabaja durante este día festivo, tendrá derecho a recibir un salario adicional equivalente a un día simple, completando así el total correspondiente al doble pago.
- Pago de horas adicionales el 1 de mayo: Las horas extraordinarias trabajadas en esta fecha deben ser pagadas con una tarifa que equivale a tres veces el salario normal, de acuerdo a la normativa establecida, es decir, un pago de triples.
Para el año 2025, es importante destacar que las vacaciones no se trasladarán a ninguna otra fecha, garantizando que su disfrute se realice el jueves 1 de mayo sin excepciones. Este compromiso con la celebración del ‘Día de los Trabajadores’ es fundamental para reconocer y valorar el esfuerzo que la fuerza laboral pone cada día en su trabajo.
El ‘Día de los Trabajadores’ representa un momento significativo para recordar los avances en materia laboral, así como el compromiso continuo con la dignidad del trabajo en Costa Rica. Esta celebración es un recordatorio de la importancia de seguir luchando por un entorno laboral que respete y valore cada día el esfuerzo de todos los trabajadores y trabajadoras.
Xavier condega
El mundo CR